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Condiciones Generales de MiAsesor Plus

Los presentes Términos y Condiciones Generales se aplican al producto MiAsesor (denominado en adelante “MiAsesor” o el “Producto”), en cualquier de sus modalidades, de la entidad Tenerity S.L.U., con domicilio social en Vía de los Poblados, 1, Parque Empresarial Alvento, Edificio A-B, planta 5ª, 28033 Madrid y CIF B-80516065 (en adelante “Tenerity”) y forman parte del contrato del Producto (en adelante el “Contrato”) que se compone de:

  • La carta de bienvenida donde se recogen las Condiciones Particulares del Programa.
  • Los presentes Términos y Condiciones Generales.
  • El certificado de adhesión
  • La Política de Privacidad
  • La Política de Cookies
  • Cualquier comunicación relacionada con el Programa que le enviemos

Todos estos documentos constituyen el contrato suscrito entre las Partes en adelante “el contrato". Le rogamos que conserve todos los documentos que conforman el contrato y que los lea detenidamente, puesto que contienen información importante sobre su suscripción al Programa, incluidos sus derechos y obligaciones. Si tiene alguna duda en relación con el contrato o el Producto, puede ponerse en contacto con Tenerity a través del Servicio de Atención al Cliente de MiAsesor en el 900 878 711 de lunes a viernes de 09.00 a 18.00 horas (excepto festivos nacionales), o a través info@miasesorfamiliar.com

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

Horario comercial:

  • - Asistencia Legal: Lunes a viernes de 09.00 a 18.00 horas (excepto festivos nacionales).
  • - Asistencia Tecnológica online: 24h, 365 días al año.

Titular: suscriptor principal del programa.

Familia: la unidad familiar del cliente del programa está integrada por el propio titular, que será necesariamente una persona física residente en España. Su cónyuge o, en su caso, la persona que como tal conviva permanentemente con el titular en el domicilio señalado en la suscripción al programa. Los padres de ambos que convivan con el titular en el domicilio señalado. Los hijos solteros que convivan con el titular en su domicilio señalado, aunque se hallen temporalmente fuera del mismo por motivos de salud o estudios y siempre que sean menores de edad, mayores de edad pero menores de 26 años sin actividad retribuida y/o legalmente incapacitados.

Tomador del Seguro: Tenerity S.L.U., que suscribe la Póliza de asistencia jurídica.

Asegurado: La persona física residente en España a la que corresponden los derechos derivados de la Póliza, que, estando ésta en vigor, haya aceptado contratar el Programa y se haya adherido a la Póliza.

Período de Carencia: Tiempo que ha de transcurrir entre el alta en el Producto y la posibilidad de solicitar la utilización de determinados servicios conforme a sus términos y condiciones específicos.

Pack de bienvenida: conjunto de documentos que se envía a la vivienda habitual del Cliente y que contiene:

- El documento de Aceptación de la Oferta, que deberá devolver a Tenerity cumplimentado y firmado en la forma indicada en el mismo.

- La Carta de Bienvenida, donde se recogen las Condiciones Particulares del Programa.

- Los presentes Términos y Condiciones Generales.

- El Certificado de adhesión a la Póliza.

LEA: Libre Elección de Abogado. Las garantías que así se especifiquen pueden realizarse con los abogados designados por MiAsesor hasta el límite fijado, o podrá realizarse con los abogados a libre elección de los titulares (LEA), en función del límite fijado a tal efecto.

Vivienda (habitual o señalada): se entenderá como vivienda aquella que se ha señalado en la suscripción al programa que necesariamente habrá de estar en territorio español.

Los Socios colaboradores: compañías u organizaciones que ofrecen los Servicios a los Clientes de MiAsesor en el marco establecido en el presente Contrato, y el Certificado de adhesión a la Póliza.

- AINUR ASISTENCIA, S.L.U.: Socio colaborador que presta el servicio de asistencia tecnológica.

- ARAG Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A.U.: Socio colaborador que, en calidad de entidad aseguradora, presta los servicios relativos a la Póliza de asistencia jurídica.  

2. REQUISITOS DE PERTENENCIA.

Sólo podrán contratar el Programa aquellas personas que sean residentes en España y tengan, al menos, 18 años. En caso de que Tenerity conozca con posterioridad a la celebración del Contrato que el Cliente es menor de edad o que no es residente en España, Tenerity resolverá el Contrato automáticamente sin que el Suscriptor tenga derecho a la restitución de las cuotas abonadas, que serán aplicadas a la compensación de los daños y perjuicios causados a Tenerity por la cancelación del Contrato. Mediante la aceptación de los presentes Términos y Condiciones Generales el Cliente se compromete a informar a Tenerity inmediatamente si deja de ser residente en España.

3. PRECIO. CUOTAS DEL SERVICIO MIASESOR.

Las Cuotas se cargarán periódicamente en la cantidad, periodicidad y medio de pago establecidos en las Condiciones Particulares del Producto. Tenerity facilitará al cliente esta información junto con su Carta de Bienvenida, en el Pack de Bienvenida. Si durante la vigencia de la relación contractual, el Cliente indica a Tenerity cualquier otro medio de pago, las cuotas se cargarán a este último.

Tenerity podrá modificar el importe de las Cuotas, previa notificación por escrito al Cliente con una antelación de 30 días, en la que también se informará al Cliente de la posibilidad de resolver el contrato. Asimismo, esta modificación se publicará en la Página Web. El Cliente podrá obtener más información de las condiciones aplicables en cada momento, a través del número 900878711 o por medio del formulario de contacto en la web.

En caso de impago de alguna de las cuotas, Tenerity podrá notificar al Cliente la terminación del Contrato, sin necesidad de preaviso y sin que ello dé derecho a indemnización alguna.

4. DESCIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE MIASESOR

Asistencia Jurídica Telefónica (AJT)

El cliente tendrá a su disposición un abogado para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, le asistan en el ámbito de la vida particular, así como de la forma en que mejor pueden defenderse.

Materias que pueden ser objeto de consulta telefónica:

Vivienda

Compraventa de vivienda. Contratación, Compra de vivienda sobre planos. Vivienda de protección oficial. Créditos hipotecarios. Trámites a seguir antes y después de la compraventa.

Alquiler de vivienda. Contrato de arrendamiento. Actualización de la renta. Procedimiento judicial de desahucio.

Servicio doméstico. Contratación. Condiciones y requisitos. Cotización a la seguridad social. Salario. Extinción del contrato. Contratación de extranjeros. Permiso de trabajo.

Comunidad de vecinos. Juntas de vecinos. Obligaciones y derechos de los propietarios. Órganos de administración de la Comunidad, Reclamación a propietarios. Reclamación a la comunidad. Obras en la vivienda. Fiscalidad de la vivienda. Impuestos a liquidar por transmisión de vivienda.

Familia

Matrimonio. Régimen económico matrimonial Capitulaciones matrimoniales. Separación y divorcio. Familia numerosa. Fiscalidad del régimen económico matrimonial. Derechos de los menores. Responsabilidad civil por los hijos menores e incapacitados. Adopción y acogimiento. Instituto del Defensor del Menor. Testamento en nombre del hijo menor o incapaz. Emancipación, tutela, desamparo. Defensor judicial. Venta de bienes de menores.

Parejas de hecho. Registros Municipales de uniones de hecho. Ordenación de régimen económico de la pareja. Liquidación económica por ruptura de la pareja. Posibilidad de solicitar pensión en caso de separación. Fallecimiento de uno de sus miembros. Derechos económicos del sobreviviente. Posibilidad de obtención de pensión de viudedad. Herencias. Modalidades de testamento. Pasos a seguir fallecida una persona. La partición de la herencia con y sin testamento. Desheredación. Legitimarios. Derechos forales. Fiscalidad de la herencia.

Asuntos penales

Delitos o faltas que le afecten ya sea como denunciante/ acusación particular/querellante, ya sea como imputado. La denuncia. La querella. El arresto. La detención. El procedimiento judicial.

Trabajo

El contrato de trabajo. Tipos de contrato. Nóminas. Prórroga. El Convenio Colectivo aplicable. El contrato de alta dirección. Vacaciones. Horario. Traslado geográfico y traslado funcional. Extinción del contrato.

Dimisión del trabajador. Despido (improcedente, procedente y nulo), procedimiento ante el SMAC. Procedimiento judicial. Indemnizaciones. Liquidación o finiquito. Reclamación judicial de cantidades. Salarios de tramitación. Quiebra de la empresa. Reclamación ante el FOGASA. Jubilación anticipada.

Sanciones al trabajador. Procedimiento de reclamación. Infracciones. Suspensión de empleo y sueldo. Despido disciplinario. Sanciones económicas.

Expedientes de regulación de empleo. Procedimiento. Intervención de los representantes sindicales (delegados de personal o comité de empresa). Intervención de la Autoridad Laboral.

Accidente de trabajo y enfermedad profesional. Accidentes ocurridos en el centro de trabajo o en desplazamientos con motivos laborales. Incapacidad e invalidez laboral. Procedimiento judicial para su declaración.

Prestaciones de la Seguridad Social.

Fiscalidad.

Declaración de la renta

Exenciones. Declaración conjunta o individual. Rendimientos de trabajo personal. Rendimientos del capital inmobiliario. Rendimientos de capital mobiliario. Rendimientos de Actividades Económicas. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Deducciones estatales y autonómicas. Planes de pensiones. Cuestiones formales de los impuestos.

Automóvil

Formalidades administrativas. Permisos y autorizaciones, bajas y altas del vehículo. ITV.

Compañías aseguradoras. Obligaciones que asumen.

Reclamaciones. Contrato de seguro. Cláusulas abusivas. Defensor del asegurado.

Accidentes de tráfico. Precauciones a tomar ante un accidente. El parte de accidente. Tramitación del siniestro. Procedimiento judicial. Indemnizaciones por daños en vehículo y lesiones. Posibilidad de exigir la reparación cuando la compañía quiere declarar siniestro el vehículo.

Alcoholemia. Obligatoriedad del sometimiento a la prueba de alcoholemia. La prueba de aire expirado. Tiempo que debe transcurrir entre ambas pruebas. Posibilidad de solicitar control en sangre. Casos en que procede detención e inmovilización del vehículo. Procedimiento judicial. Sanciones penales y administrativas.

Fiscalidad. Impuesto de matriculación. Obligaciones fiscales de la transmisión.

Quedan expresamente excluidas del asesoramiento las sanciones de tráfico.

Reclamaciones como consumidor

Información derechos del consumidor. Cláusulas abusivas.

Defecto del producto. Productos en garantía. Reparaciones defectuosas. Cómo reclamar.

Reclamaciones a empresas de telefonía, tintorerías, talleres, compañías de seguros, hoteles, agencias de viajes, canales de televisión de pago, por cobros indebidos o por incumplimiento de contrato.

Reclamaciones a bancos por cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato, cláusulas abusivas.

Protección de datos personales. Como reclamar por uso indebido de los datos personales. Denuncias a la Agencia de Protección de Datos. Derecho de acceso, cancelación y rectificación. Registros de morosos. RAI. ASNEF. Cómo reclamar por inclusión indebida. Cómo cancelar sus datos.

Telecompra. Compra por teléfono y a través de Internet. Cobros indebidos. Plazos de devolución. Entrega del producto. Defectos del producto adquirido. Cómo reclamar.

Revisión y redacción de documentos y contratos

Cuando se solicite telefónicamente, se obtendrá la asistencia de un abogado para la revisión y redacción de determinados escritos y contratos, de los que puedan derivarse para el titular del programa o su familia (según la definición anterior) consecuencias legales. Este servicio incluye la redacción o visión de los documentos que a continuación se enumeran.

Compraventa de vivienda.

Contratos de señal y compraventa. Cartas de reclamación por retrasos en la entrega de la vivienda o por defectos o vicios ocultos en la vivienda entregada.

Examen de las notas simples del Registro de la Propiedad y otra documentación facilitada por el cliente a fin de verificar el estado de cargas y embargos del inmueble y el dueño del mismo.

Revisión de la minuta preparatoria de la Escritura de Compraventa con carácter previo a su otorgamiento ante Notario.

Revisión de la minuta preparatoria de la Escritura de Constitución de Hipoteca. Subrogación. Cancelación, con carácter previo a su otorgamiento ante Notario.

Defectos constructivos. Plazos de garantía. Plazos de prescripción. Responsabilidades de los diversos intervinientes en la obra. Seguro decenal. Procedimientos de reclamación. Documentación de la obra nueva. Libro del Edificio.

Seguro decenal. Procedimientos de reclamación. Documentación de la obra nueva. Libro del Edificio.

Alquiler de vivienda.

Contrato de arrendamiento. Cartas de reclamación del arrendador al arrendatario por realización de obras inconsentidas, falta de pago de la renta, subarriendo inconsentido.

Cartas de reclamación del arrendatario al arrendador para que realice obras necesarias en la vivienda.

Cartas de comunicación del arrendador de actualización de la renta, de prórroga, y del arrendatario de oposición a la actualización.

Comunidad de propietarios.

Cartas de reclamación a la comunidad o a otros propietarios por la realización de actividades molestas, insalubres o peligrosas (ruidos, humos).

Carta al Presidente de la Comunidad solicitando la inclusión de un determinado punto en el orden del día de una Junta.

Carta al Presidente de la Comunidad manifestando su oposición a un acuerdo tomado en Junta de Propietarios.

Carta al Secretario de la Comunidad solicitando documentación de la comunidad (estatutos, normas de régimen interno, acta de alguna Junta).

Reclamaciones de consumo.

Cartas de reclamación por cobros indebidos o por incumplimiento de contrato o de los periodos de garantía a:

Empresa constructora o promotora. Empresas de reformas. Empresas de reparación de electrodomésticos o de otros bienes. Canales de televisión de pago. Empresas de telefonía. Tintorerías. Talleres de reparación de vehículos. Concesionarios de vehículos.

Cartas de reclamación a bancos por cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato, cláusulas abusivas.

Cartas de reclamación por adquisición de bienes por telecompra (a través del teléfono o de Internet) por cobros indebidos, devolución del producto, falta de entrega del producto, defectos del producto adquirido.

Recursos y otros escritos frente a la Administración Pública relacionados con la vivienda.

Escrito de alegaciones frente a una sanción administrativa por no tener licencia para el cerramiento de una terraza o por la realización de obra mayor en la vivienda.

Actos comunicados al Ayuntamiento por realización de obra menor en la vivienda.

Recursos por sanciones administrativas. Reclamaciones a la Administración.

Escrito de reclamación a la Administración, para solicitar indemnizaciones cuando la Administración causa daños en bienes y derechos de los particulares (lesión que el ciudadano no tiene el deber jurídico de soportar).

Recurso contra la notificación de embargo en los bienes o cuentas bancarias.

Recurso contra procedimiento de apremio por una deuda impagada.

Recursos frente a una sanción administrativa (reposición y alzada)

Reclamación económico-administrativa de una deuda tributaria.

Servicio doméstico no perteneciente a la U. Europea

Carta de invitación, oferta de trabajo, contrato de trabajo.

Gestión de Infracciones Administrativas de Tráfico: recurso de multas.

MiAsesor cuidará de los descargos de denuncias y recursos ordinarios contra sanciones impuestas al titular y su familia (según la descripción anterior) en el ámbito de su vida particular (no incluye pues vehículos de empresa) que dimanen de presuntas infracciones sobre la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en relación con vehículos terrestres que el titular o su familia conduzcan o de los que sean propietarios.

Las prestaciones consisten en la redacción y presentación de los escritos de descargo y recursos que procedan en vía administrativa. Queda excluida la vía contencioso-administrativa.

Para tener derecho a esta prestación, el cliente deberá aportar la documentación necesaria a ARAG al menos 5 días hábiles antes del vencimiento del plazo para recurrir, al objeto de que el Servicio de Asesoramiento y Tramitación cuente con el tiempo suficiente para impugnar la sanción correspondiente. Es imprescindible que el titular o su familia acrediten la fecha de recepción de la sanción impuesta.

En ningún caso MiAsesor responderá del importe económico de estas sanciones.

Defensa de otros seguros.

Se garantiza la defensa y reclamación de los intereses del titular en relación con el incumplimiento contractual de otras Aseguradoras privadas y del Consorcio de Compensación de Seguros, al objeto de hacer efectivos los derechos que en general se deriven de las pólizas de seguro en vigor durante el tiempo de validez del contrato, que tengan concertadas o de las que sean beneficiarios en el ámbito de la vida particular y en relación con su persona, la vivienda y los vehículos.

La cobertura se extiende expresamente a la reclamación por indebida aplicación de los sistemas de bonificaciones y recargos por siniestralidad.

El incumplimiento contractual garantizado se produce no sólo por la actuación expresa de la Aseguradora, sino también por la omisión tácita de su obligación de reparar el daño o indemnizar su valor, en el plazo máximo de 3 meses desde la producción del siniestro.

Esta cobertura incluye el pago de los honorarios por los peritajes contradictorios previstos en las pólizas, en la parte que en ellas se fije a cargo del titular.

Límite máximo por siniestro: 1.500 €

Carencia: 3 meses desde la recepción en su domicilio habitual del Pack de Bienvenida en el caso de la contratación del producto anual y 10 días en el caso de la contratación del producto mensual.

Defensa laboral

Esta garantía comprende:

Como Asalariado:

- La defensa y reclamación de los intereses del titular y su familia en los conflictos individuales de trabajo con la empresa privada u organismo público donde preste sus servicios, por incumplimiento de las normas contractuales y que deban sustanciarse necesariamente ante los organismos de conciliación y la jurisdicción social. Para los funcionarios públicos, cuando no sea competente la jurisdicción social, la garantía consistirá en el trámite de instrucción del expediente administrativo y posteriores recursos a resolver en la vía administrativa. Queda excluida la vía contencioso-administrativa.

- La defensa de su responsabilidad penal, en los procesos que se le sigan con motivo del desempeño de su trabajo como asalariado. Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por el titular o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

- La reclamación al tercero responsable identificable de los daños corporales que se le causen en el desempeño de su trabajo como asalariado.

Como Asalariado o Autónomo:

- La reclamación de prestaciones sociales en litigios relacionados con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Montepíos y Mutualidades de Previsión social

Como Pensionistas:

- La reclamación en litigios con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, de los derechos derivados de su pensión de jubilación, viudedad o invalidez.

Límite máximo por siniestro: 1.000 €

Límite máximo por siniestro si LEA: 500 €

Carencia: 3 meses desde la recepción en su domicilio habitual del Pack de Bienvenida en el caso de la contratación del producto anual y 10 días en el caso de la contratación del producto mensual.

Defensa de derechos relativos a la vivienda habitual

Esta garantía comprende:

Como propietario, usufructuario o inquilino de la vivienda:

- La reclamación de los daños causados por terceros a la vivienda, por imprudencia o dolosamente, siempre que no sean consecuencia del incumplimiento de una relación contractual específica entre el titular y el responsable de los daños.

- La reclamación a sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por infracción de normas legales relativas a emanaciones de humos o gases, higiene, ruidos persistentes y actividades molestas, nocivas o peligrosas.

- La reclamación por incumplimiento de los contratos de servicios de obras, reparación, conservación o mantenimiento de la vivienda y de sus instalaciones siempre que el pago de tales servicios corresponda íntegramente al titular.

Como propietario o usufructuario:

- La defensa y reclamación de los intereses del titular y su familia en los conflictos con sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros por cuestiones de servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías.

- La defensa y reclamación de sus intereses frente a comunidad de propietarios del inmueble en que se halle su vivienda, siempre que esté al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas.

- La defensa de su responsabilidad penal en los procesos que se le sigan como miembro de la junta de propietarios del inmueble.

Como inquilino:

- La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos derivados del contrato de alquiler. No quedan cubiertos los juicios de desahucio por falta de pago.

Como propietario y exclusivamente para la vivienda designada:

- La reclamación contra el vendedor por incumplimiento del contrato de compra de la vivienda, siempre que el incumplimiento se produzca durante la vigencia de esta garantía y tenga relación única y exclusivamente con hechos ocurridos con posterioridad a la fecha en la que tome efecto la misma. No queda cubierta la reclamación por defectos en construcción.

Límite máximo por siniestro: 1.000 €

Límite máximo por siniestro si LEA: 500 €

Carencia: 3 meses desde la recepción en su domicilio habitual del Pack de Bienvenida en el caso de la contratación del producto anual y 10 días en el caso de la contratación del producto mensual.

Defensa Penal

Mediante esta cobertura se garantiza la defensa de la responsabilidad penal del titular en los procesos que se le sigan por hechos producidos en el ámbito de su vida particular.

Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por titular o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

Límite máximo por siniestro: 6.000 €

Límite máximo por siniestro si LEA: 3.000 €

Límite de siniestros anuales: ilimitado

Carencia: 3 meses desde la recepción en su domicilio habitual del Pack de Bienvenida en el caso de la contratación del producto anual y 10 días en el caso de la contratación del producto mensual.

Asistencia Tecnológica Online

Mediante este servicio de soporte informático/tecnológico a través de chat o teléfono, el titular del presente programa podrá dar solución a cualquier tipo de incidencia, duda, ayuda, consulta o configuración del equipamiento informático y tecnológico de su hogar de forma ilimitada, entre otras.

Coberturas:

Informática:

  • PC, MAC, Servidores.
  • S.O: Windows, MAC/OS, Linux.
  • Outlook, Exchange, IIS, SQL Server.
  • Hardware: PC, Impresora, Escáner, PDA, discos duros externos, etc.
  • Drivers y software de copiado.
  • Herramientas “peer to peer”
  • Office.
  • Windows Messenger, Yahoo Messenger.
  • Navegadores.
  • Firewalls y Antivirus.
  • Compresores.

Asistencia Tecnológica de salón (Gama Marrón);

  • TV, Plasma, LED.
  • Cámara IP.
  • GPS, Smartphone, Tablet.
  • Home Cinema
  • Consolas de Videojuegos.
  • WIFI.
  • Domótica

Rastreo de ordenadores robados: Se instala un software en el equipo del Cliente que permite localizar el mismo cuando se conecte a internet, para casos de robo o pérdida.

Descargas de software: El Cliente podrá solicitar la descarga e instalación de cualquier programa informático de uso legal o seleccionado por la compañía.

Control Parental: Asesoramiento sobre el control parental.

Borrado Digital: Los Clientes podrán solicitar toda la eliminación de su huella en internet, por ejemplo ante un fallecimiento; baja de perfiles en redes sociales, proveedores de correo, suscripciones (serán necesarias las claves de acceso).

Gestión del suministro telefónico: El Cliente puede solicitar los trámites necesarios para darse de alta, baja o realizar modificaciones en el contrato con el proveedor de acceso telefónico/Internet. Se realizarán las gestiones telefónicas que sean necesarias así como el envío de documentos y escritos.

Revisión y puesta a punto: Revisamos todos los datos necesarios que permitan mantener la estabilidad del sistema.

Resolución de Incidencias Hardware y Software de forma ilimitada.

Ayuda en el uso de aplicaciones: Para darle valor al servicio no esperamos a que el Cliente tenga problemas sino que le ayudamos en el día a día con sus dudas y necesidades informáticas. Configuración de los equipos tecnológicos, ordenador y periféricos.

Formación online.

Limpieza de virus y software malintencionado.

Consultoría informática y tecnológica.

Asesoría técnica en la compra de productos informáticos y tecnológicos.

Liberación de Móviles: hasta un máximo de 4 por cliente y año.

Robo de identidad en internet, con reembolso de hasta 100€: El cliente deberá aportar la documentación requerida y la debida denuncia interpuesta a tal efecto.

10 equipos por Cliente/contrato.

MiAsesor pone a su disposición una aplicación gratuita para iPhone, Android y Blackberry, que le permitirá resolver las dudas legales más comunes, así como un chat, en el que podrá plantear a nuestros técnicos especializados, sus dudas sobre el uso y configuración del equipamiento informático y tecnológico de su hogar, accediendo a través de www.ainurasistencia.es/miasesor.

5. RESPONSABILIDAD DE TENERITY.

Tenerity garantiza la calidad del servicio contratado, sin perjuicio de la responsabilidad de los Socios Colaboradores en la prestación de los servicios correspondientes.

El Contrato se entiende perfeccionado y las obligaciones de las partes nacen a partir de la fecha de aceptación de la Oferta por parte del Titular/Suscriptor Principal.

Asimismo, quedan garantizados todos los derechos que las leyes en vigor reconocen a los consumidores y usuarios.

Tenerity no será responsable de las condiciones de prestación de los servicios por parte de los Socios Colaboradores. Los términos y condiciones específicos aplicables a los servicios prestados por los Socios Colaboradores deberán de ser aceptados por el Cliente, en caso de conformidad con los mismos, previamente a la utilización del servicio por el Cliente.

Tenerity no será responsable por los actos, errores u omisiones de sus Socios Colaboradores en relación con los servicios que los mismos prestan ni, en consecuencia, de los daños y perjuicios que por culpa, negligencia o de cualquier forma éstos pudieran causar en los Clientes.

Tenerity no asumirá frente a los Beneficios del Programa responsabilidad alguna en relación con la veracidad y exactitud de las informaciones proporcionadas a los beneficiarios por los centros o especialistas médicos concertados o los defectos de calidad o eficacia en la prestación de los servicios por éstos (incluidos los supuestos de negligencia médica) o en los productos que proporcionen a los Clientes.

En este sentido, nada del contenido de los presentes Términos y Condiciones o de las Condiciones Particulares que se entregan al Cliente en el Pack de Bienvenida limita, excluye, ni afecta en modo alguno a la responsabilidad exclusiva de los Socios Colabores con respecto a los servicios prestados al Cliente.

Por último, se excluye la responsabilidad de Tenerity en los casos en que, por una causa de fuerza mayor, no puede prestar sus servicios con el nivel de calidad habitual. Así pues, Tenerity no responderá de los daños o pérdidas directa o indirectamente ocasionados al Cliente como consecuencia de la prestación defectuosa o falta de prestación de los servicios de Tenerity en caso de guerra o debidos aactos de enemigos extranjeros, terrorismo, invasión, hostilidades (tanto si se ha declarado o no la guerra), disturbios, huelga, revolución, insurrección o golpe de estado militar, o cualquier otro motivo de fuerza mayor que razonablemente estuviera fuera del ámbito de control de Tenerity.

6. RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE.

El Cliente se obliga a realizar un uso lícito de los servicios incluidos en el Programa, sin vulnerar la legislación aplicable, ni lesionar los derechos e intereses de terceras personas.

El Cliente garantiza la veracidad, exactitud y actualización de los datos facilitados a Tenerity. Para garantizar que recibe todas las ventajas que le ofrece MiAsesor, deberá mantener a Tenerity informado de cualquier modificación en los datos de contacto y facturación facilitados en el momento de la suscripción del Programa.

El incumplimiento de cualquiera de estos Términos y Condiciones Generales, así como de lo previsto en las Condiciones Particulares del Contrato podrá dar lugar a la cancelación de los servicios por parte de Tenerity, sin necesidad de preaviso al Cliente y sin que ello dé derecho a indemnización alguna al Cliente, en consonancia con lo establecido en la sección "PRECIO. CUOTAS DEL SERVICIO MIASESOR" del presente documento. En este caso, el Titular no tendrá derecho al reintegro de las cuotas percibidas por Tenerity que se aplicarán a la compensación de los daños y perjuicios causados por el Cliente.

7. CÓMO REALIZAR UNA RECLAMACIÓN

Si desea realizar una reclamación sobre Mi Asesor puede ponerse en contacto por teléfono con el Servicio de Atención al Cliente de MiAsesor en el número 900 878 711, por correo electrónico a la dirección info@miasesorfamiliar.com o bien escribiendo al Responsable de Atención al Cliente de Mi Asesor al Apartado de Correos Nº 24 FD, 28821 Coslada, Madrid, indicando el número de Cliente. Tenerity resolverá su reclamación en un plazo máximo de 30 días.

En caso de que Tenerity no pudiese cumplir con el plazo mencionado, informará y comunicará al Cliente el plazo estimado en que la reclamación será resuelta. El Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Reino de España.

8. ACTUALIZACIÓN DE DATOS Y CAMBIO DE DIRECCIÓN.

Para garantizar que el Cliente recibe todas las ventajas que le ofrece el Producto, deberá mantener informado a Tenerity de cualquier modificación en los datos sobre su tarjeta o cuenta bancaria indicada para el pago de las Cuotas. Igualmente, el Cliente se compromete a informar a Tenerity de cualquier cambio en su dirección permanente y/o en el resto de datos de contacto.

9. DURACIÓN.

Su pertenencia a MiAsesor será indefinida, pudiendo el Cliente terminar el Contrato en cualquier momento, en los términos indicados en la cláusula “TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN”.

10. TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN

El Cliente podrá ejercitar el derecho de desistimiento dentro de los 14 días naturales posteriores a la recepción del Pack de Bienvenida. A estos efectos, el Cliente podrá utilizar el Formulario de Desistimiento anexo al presente documento.

Una vez finalizado el plazo para ejercitar el derecho de desistimiento, el Cliente podrá resolver el Contrato en cualquier momento. A partir de la notificación a Tenerity de su intención de resolver el contrato, el Titular no estará obligado a pagar ninguna Cuota periódica más. En caso de resolución del Contrato por el Cliente, Tenerity no estará obligado a devolverle ninguna Cuota periódica que ya haya sido pagada. Tanto el derecho de desistimiento como el derecho de resolución del Contrato podrán ejercitarse por teléfono, en el número 900 878 711, a través de la página web www.miasesorfamiliar.com o por correo postal enviado al Apartado Nº 24 F.D., 28821 Coslada, Madrid, indicando en todos los casos el número de su Suscripción.

Tenerity podrá resolver el Contrato de forma unilateral:

- cuando el Cliente no cumpla alguno de los Términos y Condiciones del mismo (incluidos, a título enunciativo y no limitativo, los requisitos de pertenencia o lo relativo al pago de las Cuotas establecidas en las Condiciones Particulares),

- cuando así lo imponga una autoridad administrativa o judicial competente,

- en el supuesto de que el Producto deje de ser comercializado por Tenerity,

- en caso de que sean detectados indicios razonables de uso fraudulento de los beneficios del Programa o

- en cualquier otro caso a discreción de Tenerity En este último supuesto, Tenerity notificará al Titular/Suscriptor Principal la resolución del Contrato, con al menos un mes de antelación a la fecha de resolución y por escrito. Si Tenerity resolviese el Contrato a su discreción, el Cliente podrá exigir el reembolso prorrateado de las Cuotas que haya pagado con posterioridad a la fecha de resolución del Contrato.

11. MODIFICACIONES EN EL CONTRATO.

La modificación del importe de la Cuota periódica, los cambios en relación con el contenido del Contrato, así como la cesión del presente Contrato, le serán notificados al Titular/Suscriptor Principal con una antelación de 30 días, mediante una comunicación escrita en la que también se le informará de la posibilidad de resolver el Contrato antes de que la modificación de las condiciones resulte aplicable. Éstas y otras modificaciones se publicarán asimismo en la página web, si bien puede llamar en cualquier momento al número 900878711 para obtener más información sobre los Servicios, el Programa y los Términos y Condiciones que conforman el Contrato.

12. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Con el fin de ofrecer el Servicio, Tenerity debe recopilar, usar y en algunos casos suministrar a terceros cierta información personal facilitada por el Cliente de acuerdo y según los términos de la Política de privacidad y de la Política de Cookies del Servicio. Por favor, lea con atención estas Políticas para recibir toda la información necesaria en relación con el tratamiento de sus datos personales.

13. DISPOSICIONES VARIAS RELATIVAS AL CONTRATO

El Contrato, constituido por los presentes Términos y Condiciones, por el documento de Aceptación de la Oferta y las Condiciones Particulares recogidas en la Carta de Bienvenida y el Certificado de Adhesión a la Póliza, constituye el único acuerdo entre Tenerity y el Cliente en relación con el Producto y sustituye a cualquier otro contrato o acuerdo previo entre las Partes, ya sea verbal o escrito, en relación con el Producto.

El hecho de que Tenerity no ejerza alguno de los derechos o facultades de disposición establecidos en el Contrato no constituye una renuncia a tal derecho o facultad.

En caso de que cualquier cláusula del Contrato fuera considerada nula, parcial o totalmente, dicha cláusula no surtirá efectos y no se considerará incluida en el Contrato. La nulidad de alguna de las cláusulas del Contrato no invalidará ni afectará de ningún modo a la validez y plena eficacia de las demás cláusulas.

14. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN.

El Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Reino de España. Todo conflicto que pueda surgir en relación al Contrato o a los Servicios de Mi Asesor se someterá a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales del domicilio del Cliente de Mi Asesor en España.

ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SE ACTUALIZARON POR ÚLTIMA VEZ EN FEBRERO DE 2023

MiAsesor Plus

Certificado Individual de Seguro.

ASEGURADOR: ARAG Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, S.A., Sociedad Unipersonal.

Póliza:55-0980455

Tomador: TENERITY, S.L.U.

EXTRACTO DE LAS CONDICIONES DEL SEGURO:

Modalidad 20 – ARAG 2000 F20 – COMPLETA MENSUAL

Garantías:

- Asistencia jurídica telefónica.

Mediante esta garantía, ARAG pondrá a disposición del Asegurado un abogado para que le informe telefónicamente, en prevención de cualquier litigio, sobre el alcance de los derechos que, con carácter general, le asistan en el ámbito de la vida particular, así como de la forma en que mejor puedan defenderse.
El Asegurado podrá solicitar la prestación del servicio garantizado en el número de teléfono que TENERITY INTERNATIONAL, S.L.U. facilitará a tales efectos.

- Revisión y redacción de documentos y contratos.
ARAG prestará también al Asegurado el mismo servicio del apartado anterior, cuando solicite telefónicamente la asistencia de un abogado para la revisión y redacción de determinados escritos y contratos, de los que puedan derivarse para aquél consecuencias legales, sobre las materias siguientes:

  • - Compraventa y alquiler de vivienda;
  • - Reclamaciones a la Comunidad de Propietarios;
  • - Reclamaciones de consumo;
  • - Reclamaciones o recursos por sanciones administrativas, con excepción de la gestión de sanciones de tráfico viario o navegación de embarcaciones y aeronaves;
  • - Servicio doméstico.

Una vez el contrato o documento haya sido convenientemente revisado o redactado, ARAG hará entrega del mismo al Asegurado para que proceda a su presentación ante el destinatario.

Los documentos y contratos objeto de esta cobertura tienen el carácter de “numerus clausus”, por lo que vienen expresamente relacionados en Anexo al contrato de seguro.

- Gestión de infracciones administrativas de tráfico.

1. ARAG, a través de su Servicio de Asesoramiento y Tramitación de Sanciones, cuidará de los descargos de denuncias y recursos ordinarios contra sanciones impuestas al Asegurado en el ámbito de su vida particular, que dimanen de presuntas infracciones de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en relación con los vehículos terrestres amparados por la póliza, que conduzcan o de los que sean propietarios. Las prestaciones del Asegurador consistirán en la redacción y presentación de los escritos de descargo y recursos que procedan en vía administrativa. Queda excluida la vía contencioso-administrativa.

2. El Asegurado podrá solicitar la prestación del servicio garantizado en el número de teléfono, fax o dirección de email que TENERITY, S.L.U. facilitará a tales efectos.
No obstante, para tener derecho a esta prestación el cliente deberá aportar la documentación necesaria a ARAG al menos 5 días antes del vencimiento del plazo para recurrir, al objeto de que el Servicio de Asesoramiento y Tramitación de ARAG cuente con el tiempo suficiente para impugnar la sanción correspondiente. Es imprescindible que el Asegurado acredite a ARAG la fecha de recepción de la sanción impuesta.

3. En ningún caso ARAG responderá del importe económico de estas sanciones. El Asegurador cuidará de la liquidación de la correspondiente sanción si el Asegurado lo solicita y efectúa la necesaria provisión de fondos. Las prestaciones del Asegurador, se limitarán a la vía administrativa, con expresa exclusión de cualquier otra de tipo judicial.

- Defensa de otros seguros.

1. ARAG garantiza la defensa y reclamación de los intereses del Asegurado en relación con el incumplimiento contractual de otras Aseguradoras privadas y del Consorcio de Compensación de Seguros, al objeto de hacer efectivos los derechos que en general se deriven de las pólizas de seguro en vigor durante el tiempo de validez del presente contrato, que tengan concertadas o de las que sean beneficiarios en el ámbito de la vida particular y en relación con su persona, la vivienda designada y los vehículos y embarcaciones amparados por la póliza.
La cobertura se extiende expresamente a la reclamación por indebida aplicación de los sistemas de bonificaciones o de bonificaciones y recargos por siniestralidad (bonus/malus).
El incumplimiento contractual garantizado se produce no sólo por la actuación expresa de la Aseguradora, sino también por la omisión tácita de su obligación de reparar el daño o indemnizar su valor, en el plazo máximo de 3 meses desde la producción del siniestro. En este último supuesto ARAG garantiza también la reclamación, previa justificación documental por el Asegurado de haber declarado el siniestro dentro del plazo y haber reclamado contra la Aseguradora, de forma fehaciente y sin resultado satisfactorio, sus daños

2. Incluye esta cobertura el pago de los honorarios por los peritajes contradictorios previstos en dichas pólizas de seguro, en la parte que en ellas se fije a cargo del Asegurado.

- Defensa laboral.

ARAG garantiza la defensa de los derechos del Asegurado de índole laboral. La garantía comprende:

1. Como asalariado:

- La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos individuales de trabajo con la empresa privada u organismo público donde preste sus servicios, por incumplimiento de las normas contractuales y que deban sustanciarse necesariamente ante los organismos de conciliación y la jurisdicción social.

Para los funcionarios públicos, cuando no sea competente la jurisdicción social, la garantía consistirá en el trámite de instrucción del expediente administrativo y posteriores recursos a resolver en vía administrativa.

Queda excluida la vía contencioso-administrativa.

- La defensa de su responsabilidad penal, en los procesos que se le sigan con motivo del desempeño de su trabajo como asalariado. Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

- La reclamación al tercero responsable identificable de los daños corporales que se le causen en el desempeño de su trabajo como asalariado.

2. Como asalariado o autónomo:

- La reclamación de prestaciones sociales en litigios relacionados con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Montepíos y Mutualidades de Previsión Social.

3. Como pensionista:

- La reclamación en litigios con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, de los derechos derivados de su pensión de jubilación, viudedad o invalidez.

- Defensa de derechos relativos a la vivienda.

ARAG garantiza la defensa de los derechos del Asegurado en relación con la vivienda urbana, situada en territorio español, designada en las Condiciones Particulares de la póliza como domicilio habitual. La garantía comprende:

1. Como propietario, usufructuario o inquilino de la vivienda:
- La reclamación de los daños causados por terceros a la vivienda, por imprudencia o dolosamente, siempre que no sean consecuencia del incumplimiento de una relación contractual específica entre el Asegurado y el responsable de los daños.
- La reclamación a sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por infracción de normas legales relativas a emanaciones de humos o gases, higiene, ruidos persistentes y actividades molestas, nocivas o peligrosas.
- La reclamación por incumplimiento de los contratos de servicios de obras, reparación, conservación o mantenimiento de la vivienda y de sus instalaciones, siempre que el pago de tales servicios corresponda íntegramente al Asegurado.

2. Como propietario o usufructuario:
- La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos con sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por cuestiones de servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías.
- La defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de propietarios del inmueble en que se halle su vivienda, siempre que esté al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas.
- La defensa de su responsabilidad penal en los procesos que se le sigan como miembro de la junta de copropietarios del inmueble.

3. Como inquilino:
- La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos derivados del contrato de alquiler. No quedan cubiertos los juicios de desahucio por falta de pago.

4. Como propietario y exclusivamente para la vivienda habitual del Asegurado designada en la póliza:
- La reclamación del Asegurado contra el vendedor por incumplimiento del contrato de compra de la vivienda, siempre que tal incumplimiento se produzca durante la vigencia de esta garantía y tenga relación, única y exclusivamente, con hechos ocurridos con posterioridad a la fecha en que tome efecto la misma. No queda cubierta la reclamación por defectos en la construcción.

- Defensa de la responsabilidad penal.
ARAG garantiza la defensa de la responsabilidad penal del Asegurado, en los procesos que se le sigan por hechos producidos en el ámbito de su vida particular.
Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

Plazo de carencia

Definamos, en primer lugar, qué es un plazo de carencia: es el tiempo en que, con posterioridad a la fecha de efecto de una garantía, si se produce un siniestro no está garantizado.
En este seguro y para los supuestos contractuales y administrativos, existe un plazo de carencia de tres meses a contar desde la fecha de efecto de la garantía, salvo para las garantías de Asistencia Jurídica Telefónica, Revisión y redacción de documentos y contratos y Gestión de infracciones administrativas de tráfico.
No se aplicará la carencia en ningún caso cuando la póliza se emita en sustitución de otro seguro ARAG, que hubiera garantizado el siniestro.

Exclusiones particulares del seguro.

1. Cualquier clase de actuaciones que deriven, en forma directa o indirecta, de hechos producidos por energía nuclear, alteraciones genéticas, radiaciones radiactivas, catástrofes naturales, acciones bélicas, disturbios y actos terroristas.

2. Los litigios que se deriven o tengan su origen en huelgas, cierres patronales, conflictos colectivos de trabajo o regulaciones de empleo.

3. Los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

4. Los conflictos derivados de cualquier actividad del Asegurado ajena al ámbito de su vida particular, salvo lo previsto en la garantía del artículo 8 de índole laboral.

5. Los siniestros que tengan su origen o estén relacionados con la transformación de la vivienda amparada por el seguro o bien con el proyecto, construcción y derribo del inmueble en que la misma esté situada.

6. Los siniestros relacionados con aeronaves o con vehículos y embarcaciones no amparados expresamente por el seguro, siempre que dichos medios de transporte sean propiedad del Asegurado o estén bajo su responsabilidad, aunque sea ocasionalmente.

7. Los hechos derivados de la participación del Asegurado en competiciones o pruebas deportivas con vehículos y embarcaciones a motor.

8. Los litigios sobre propiedad intelectual o industrial, así como los procedimientos judiciales en materia de urbanismo, concentración parcelaria y expropiación.

9. Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los miembros de la unidad familiar del CLIENTE del Programa "MiAsesor" asegurados en póliza, las reclamaciones del Asegurado contra el Asegurador de la misma ni las reclamaciones del Asegurado contra Tenerity S.L.U.

10. Los hechos cuyo origen o primera manifestación se haya producido antes de la fecha de efecto de la póliza y aquéllos que se declaren después de transcurrir dos años desde la fecha de rescisión o extinción de las garantías contratadas.

Límites de gastos / fianzas por siniestro:

Asistencia Jurídica Telefónica Servicio ARAG
Revisión y redacción de documentos y contratos Servicio ARAG
Gestión de infracciones administrativas de tráfico Servicio ARAG
Defensa de otros seguros 1.500 €
Defensa laboral OPCIÓN A: 500 €
OPCIÓN B: 1.000 €
Defensa de derechos relativos a la vivienda OPCIÓN A: 500 €
OPCIÓN B: 1.000 €
Defensa de la responsabilidad penal OPCIÓN A: 3.000 €
OPCIÓN B: 6.000 €

OPCIÓN A: Se aplica cuando el Asegurado ejerza su derecho a la libre elección de profesionales que defiendan sus intereses en el correspondiente procedimiento judicial, administrativo o arbitral.
OPCIÓN B: Se aplica cuando, de conformidad con el Asegurado, el Asegurador designe los profesionales que defiendan sus intereses en el correspondiente procedimiento judicial, administrativo o arbitral.
Remisión al condicionado de la póliza: Es obligado remitirnos, para todo aquello que no conste expresamente en este certificado de seguro, a las Condiciones Generales (mod.02001 (0607) y Particulares de la póliza ARAG número 55-0980455, contratada por el tomador y en su poder.
Las Condiciones Generales mod. 02001 (06/07) están disponibles en:
http:/www.arag.es

DEBER DE INFORMACIÓN AL ASEGURADO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la ley de ordenación y supervisión de los seguros privados y en los artículos 104 al 107 de su reglamento le informamos que:

- El asegurador de la póliza es ARAG Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros S.A. Unipersonal, establecida en España, con domicilio social en Barcelona, calle Roger de Flor n. 16, correspondiendo a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda el control y supervisión de su actividad.

- La legislación aplicable al contrato de seguro es la española, en particular, la Ley 50/1980 de 8 de octubre, de contrato de seguro.

- El tomador o el asegurado pueden, en caso de litigio con el asegurador, acudir al arbitraje y a los tribunales ordinarios de justicia españoles.

Se informa de que ARAG pone a disposición de TENERITY, S.L.U. y de los asegurados los siguientes teléfonos de contacto de Atención al Cliente según los trámites que se deseen realizar:

- Para modificaciones y/o consultas sobre la póliza contratada pueden llamar al teléfono 902 114 149 o enviar un correo electrónico a atencioncliente@arag.es.

- Para quejas y/o reclamaciones a la compañía, ARAG, dispone de un Departamento de Atención al Cliente (c/ Roger de Flor, 16, 08018 - Barcelona, teléfono 902 367 185, fax 933 001 866, e-mail: dac@arag.es, web: www.arag.es) para atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus asegurados les presenten, relacionadas con sus intereses y derechos legalmente reconocidos que serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de dos meses desde su presentación.

- En aquellas reclamaciones en las que el asegurado plantee su disconformidad con la negativa de la compañía a dar cobertura a un siniestro del ramo de defensa jurídica por considerar que la pretensión del interesado es inviable, el competente exclusivamente para conocer de la reclamación será el Defensor del Cliente. Para ello, el reclamante deberá dirigir un escrito al apartado de correos nº 419 código postal 08080 de Barcelona, exponiendo los motivos de su reclamación, y el Defensor emitirá contestación en un plazo máximo de dos meses, computado desde la fecha de presentación de la reclamación ante el Defensor del Cliente.

- En caso de disconformidad con la resolución adoptada por el Departamento de Atención al Cliente o por el Defensor del Cliente, o si ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido respuesta, el reclamante podrá dirigirse a la Dirección General de Seguros, Comisionado para la Defensa del Asegurado (Paseo de la Castellana, 44, 28046 - Madrid, teléfono 902 197 936, fax. 913 397 113).

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

El asegurado consiente que los datos de carácter personal que pudieran constar en este certificado sean incluidos en los ficheros de ARAG Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros S.A. Unipersonal. El tratamiento de tales datos tiene por finalidad facilitar el establecimiento y desarrollo de las relaciones contractuales que vinculan al asegurado con la Entidad Aseguradora.

Los datos personales facilitados serán susceptibles de comunicación a otras Entidades Aseguradoras u organismos públicos relacionados con el sector asegurador, con fines estadísticos, de lucha contra el fraude o a efectos del coaseguro o reaseguro del riesgo.

La prestación del consentimiento a dicho tratamiento resulta imprescindible para la formalización de la relación contractual a la que se refiere el presente documento, no siendo posible sin el mismo.

El asegurado podrá ejercitar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación ante la Entidad Aseguradora, en los términos previstos en la legislación de protección de datos, dirigiendo sus comunicaciones al domicilio social de la misma.

¿En qué podemos ayudarle?

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  • Teléfono de Atención al Cliente: 900 878 711
    Asistencia Legal: Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 h. (excepto festivos nacionales)
    Asistencia Tecnológica Online: 24 h., 365 días al año
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